CONFLICTO DE COMPETENCIA TERRITORIAL: JUZGADOS MERCANTILES DE BARCELONA Y GIRONA
Auto del
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
Fecha 05/05/2025
Número sentencia: 37/2025
Número recurso: 25/2025
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha resuelto un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Mercantil nº 9 de Barcelona y el Juzgado Mercantil nº 2 de Girona, originado por una demanda de indemnización contra Ryanair por la cancelación de un vuelo Barcelona–Italia.
La demanda,
presentada en 2019, fue inicialmente admitida en Barcelona, pero este juzgado
se inhibió a favor de Girona al considerar que la compañía tenía domicilio
allí. Sin embargo, el Juzgado de Girona rechazó su competencia, alegando que
Ryanair tiene su sede en Dublín y que no existía conexión con Girona.
El TSJ de
Cataluña aplicó el artículo 51.1 LEC y la doctrina del TJUE, que permite al
demandante elegir entre el lugar de salida, el de llegada o el domicilio del
demandado en casos de transporte aéreo. Como el vuelo partía de Barcelona, se
declaró competente al Juzgado Mercantil nº 9 de esta ciudad.
Esta resolución
refuerza el criterio de que, en litigios por transporte aéreo internacional, la
elección del foro por el demandante debe basarse en una conexión real y directa
con el caso, evitando derivaciones a juzgados sin vínculo territorial efectivo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario